CONDICIONES DEL PROGRAMA

A continuación se pasan a relacionar los términos y condiciones generales del programa de puntos , constituyendo los mismos el contenido del contrato que se suscribe entre SG Equipment Finance Iberia, E.F.C., S.A. en adelante “SGEF” , como entidad propietaria del programa, y el "Participante-Usuario" una vez que el mismo acepta participar en el programa de referencia.

1. El programa de puntos, en adelante el “PROGRAMA”, es propiedad de SGEF, con domicilio social en Parque Norte Calle Serrano Galvache, 56 Edificio Abedul, 3ª planta - CP: 28033, Madrid. Teléfono: 913 834 340 con CIF número: A 86106838. Dicho PROGRAMA está soportado por colaborador externo de SGEF, en adelante la “AGENCIA” .

2. Las ventajas del PROGRAMA no serán acumulables a las de cualquier otro programa de SGEF. El titular tendrá derecho a elegir el programa del cual quiere obtener beneficios.

MIEMBROS

3. Son miembros del PROGRAMA los comerciales o colaboradores autorizados que tengan un código personal de participación en el PROGRAMA.

4. Se acumularán puntos por importe de operaciones. Eventualmente, se otorgarán puntos por incentivos especiales.

5. Los puntos son personales e intransferibles y sólo podrán ser utilizados por aquella persona que esté dada de alta en el PROGRAMA. Cada persona dispondrá de una única cuenta en el PROGRAMA.

6. SGEF, como entidad propietaria del PROGRAMA, se reserva el derecho a retirar el código de participación, cancelar la cuenta de puntos y exigir las responsabilidades pertinentes al participante que realice un uso indebido o fraudulento del PROGRAMA o incumpla las normas y procedimientos contenidos en las presentes Condiciones Generales.

OBJETO DEL PROGRAMA Y OBTENCIÓN DE PUNTOS

7. El objeto del PROGRAMA es la realización de una promoción basada en la obtención de puntos por parte de los participantes, que podrán canjear por los regalos del catálogo y otras promociones que puedan publicitarse en el mismo.

8. La relación de puntos acumulados por contrato es la establecida por SGEF. Los puntos serán anotados en la cuenta personal de cada titular, según el criterio acordado.

9. Para cualquier reclamación sobre sus puntos, el participante deberá ponerse en contacto con SGEF para proceder al estudio del caso.

10. El participante podrá canjear exclusivamente los puntos obtenidos en el período comprendido entre enero y diciembre de cada año, contando con los 3 meses posteriores a la finalización del período para realizar el canje. Es decir, los puntos acumulados en el año en curso, podrán ser canjeados como plazo máximo el 31 de marzo del año posterior al del período de acumulación. El participante, no podrá reclamar puntos de otros períodos anteriores de canje no canjeados en su momento.

UTILIZACIÓN DE PUNTOS

11. Los puntos acumulados podrán ser canjeados por cualquier producto especificado en el catálogo de premios.

12. En función de la disponibilidad de stock de los regalos del catálogo de premios, el PROGRAMA se reserva el derecho de sustituir los regalos por otros de prestaciones iguales o superiores. Los beneficios ofrecidos en el catálogo podrán ser revisados y modificados periódicamente por SGEF.

13. Los participantes del PROGRAMA disponen de un apartado "Pide un deseo" donde podrán solicitar artículos/regalos que no se encuentren en el catálogo de regalos vigente en ese momento. El PROGRAMA se reserva el derecho de no realizar peticiones de artículos que no estén al alcance del PROGRAMA o cancelar en cualquier momento este apartado.
14. El plazo de entrega de los regalos canjeados, se estima en aproximadamente 30 días desde la petición on-line del artículo, cada participante lo recibirá mediante servicio de mensajería. Dicho plazo podrá ser superior en caso de falta de stock del producto solicitado.

15. Se admitirán reclamaciones por avería de artículos en un período máximo de 6 meses transcurridos desde la fecha de realización de la solicitud del pedido, siempre y cuando dicho artículo no cuente con una oficina de servicio técnico. Cualquier tipo de incidencia o controversia en relación con el artículo estará referenciada a lo que determine, según caso, la Ley General de Consumidores y Usuarios, en función de la naturaleza del artículo en cuestión, el productor o suministrador  o distribuidor de dicho artículo.

16. Una vez aceptada y confirmada la solicitud de pedido, no se admitirá la devolución ni el cambio del artículo solicitado salvo defecto del mismo o caso de avería.

INFORMACIÓN ADICIONAL AL TITULAR

17. Periódicamente, el PROGRAMA remitirá un extracto con información sobre los puntos obtenidos y utilizados. Si dicho extracto no fuera correcto, el participante lo pondrá en conocimiento del PROGRAMA aportando la documentación requerida, en su caso.

18. SGEF se reserva el derecho de modificar en cualquier momento, y sin necesidad de previo aviso a los participantes, las tablas de puntos vigentes en esa fecha, las presentes condiciones generales o cualquier aspecto relativo al PROGRAMA o a la participación de los participantes en el mismo.

19. Conforme a la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE), y a la vigente Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), le informamos que su dirección de correo y número de teléfono móvil (en el caso de habernos permitido la utilización de los mismos) están incluidos en nuestra base de datos con el fin de ofrecerle noticias acerca del PROGRAMA. Si no desea seguir recibiendo nuestras noticias o quiere modificar sus datos, puede ejercitar su derecho de oposición a través de (i) la funcionalidad establecida en la comunicación electrónica denominada “baja” o “darse de baja”, que la podrá encontrar Usted al final de la comunicación (ii) mediante el formulario de contacto. Informar que la baja y/o ejercicio de oposición está circunscrito al ámbito del PROGRAMA.
En el caso que quiera dar alcance, con el ejercicio de su derecho, al conjunto de ficheros en los que pueda estar incluidos sus datos, así como el conjunto de finalidades consentidas por usted, en especial a la de oponerse, de manera general, a recibir información del conjunto de servicios y productos de SGEF, deberá dirigirse a la información legal de su sitio web http://www.equipmentfinance.societegenerale.es/

20. Asimismo el PROGRAMA podrá ser cancelado en cualquier momento por SGEF con un previo aviso a los participantes inscritos de TRES (3) MESES, último plazo de los inscritos para canjear sus puntos. En caso de cancelación del PROGRAMA, y una vez alcanzada la fecha límite preavisada, todos los puntos acumulados por los participantes quedarán automáticamente cancelados. SGEF no se responsabilizará en ningún caso de las pérdidas, daños o perjuicios que pudieran ocasionarse al participante por dicha cancelación.

21. Los participantes inscritos podrán finalizar su participación en el PROGRAMA en cualquier momento, notificándolo por escrito a SGEF. En caso de baja de la relación comercial con el participante, SGEF se reserva el derecho de dar por terminada sin previo aviso y en cualquier momento, su participación en el PROGRAMA. Los Términos y Condiciones del PROGRAMA se regirán de acuerdo con la normativa legal en la materia vigente en España. Para cualquier cuestión que se suscite en la interpretación y aplicación de las presentes Condiciones Generales, las partes se someten expresamente y con renuncia a su propio fuero, a la Jurisdicción de los Juzgados y tribunales de Madrid.

22. De conformidad con la normativa fiscal española, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones alternativas vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del (los) premio(s) sea superior a 300 euros. El premio de esta promoción estará sujeto a la normativa fiscal en vigor en cada momento y sus disposiciones de desarrollo, por lo que en cumplimiento de lo establecido en las mismas, La AGENCIA efectuará el correspondiente ingreso a cuenta sobre el premio entregado. Dicho ingreso a cuenta no le será repercutido al ganador como condición necesaria para el disfrute del premio, que satisfará de forma anticipada en importe dinerario La AGENCIA.

LA AGENCIA podrá solicitar la acreditación de la residencia fiscal del ganador, aplicando el porcentaje de aplicación vigente que corresponda de ingreso a cuenta sobre la valoración del objeto percibido . En todo caso corresponderá al premiado el cumplimiento de las eventuales obligaciones fiscales por razón del premio recibido, de conformidad con la información recogida en el certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, que a estos efectos LA AGENCIA le facilitará.